Artículo 8 Información Fundamental – General

1. Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente:

a) La Ley General, la presente Ley y su Reglamento;
b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado; (actualización febrero-2024)
c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto; (actualización 27-02-2024)

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios
Fecha de publicación: 26 de julio del 2017
Vigencia: 26 de julio de 2017
Última reforma: 15 de mayo de 2021

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
Fecha de publicación: 14 de septiembre del 2021

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco
Fecha de publicación: 19 de marzo del 2022

Lineamientos generales en materia de clasificación de información pública

Fecha de publicación: 10 de junio del 2014
Fecha de aprobación: 28 de mayo de 2014
Vigencia: 11 de junio del 2014
Última reforma: 05 de junio de 2015

d) Los lineamientos estatales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto; (actualización 27/02/2024)

Reforma a los Lineamientos Generales de Publicación y Actualización de Información Fundamental
Fecha de publicación: 22 de octubre del 2014

Lineamientos Generales en Materia de Publicación y Actualización de Información Fundamental que deberán observar los Sujetos Obligados previstos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Fecha de publicación: 10 de junio del 2014
Ultima reforma: Sin Reformas

Lineamientos Generales de Publicación y Actualización de Información Fundamental (versión integrada)
Fecha de publicación: 10 de junio del 2014
Aprobación: 28 de mayo del año 2014
Vigencia: 12 de junio del año 2014
Última Modificación: 03 de octubre del 2014

e) Los lineamientos estatales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto; (actualizado 27-02-2024)

Lineamientos generales para la elaboración, presentación y valoración de las evaluaciones de impacto en la protección de datos personales
Fecha de publicación: 03 de marzo del 2023

(DEROGADA) LINEAMIENTOS Generales para la Protección de la Información Confidencial y Reservada que deberán observar los Sujetos Obligados previstos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Fecha de publicación: 10 de junio del 2014
Fecha de aprobación: 28 de mayo de 2014
Vigencia: 11 de junio del 2014
Última reforma: Sin Reformas

f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional; (actualización febrero-2024)
g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia;
h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información; (actualizado 27-02-2024)

Unidad de Transparencia PVEM Jalisco: http://www.pvemjalisco.org.mx/transparencia1/unidad-de-transparencia/

Plataforma Nacional de Transparencia: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/

i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico oficiales del sujeto obligado;
j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales; (actualizado julio-2023)

directorio

k) El nombre del encargado y de los integrantes, teléfono, fax y correo electrónico del Comité de Transparencia; (actualizado 27-02-2024)
Periodo: 2018 a 2020                                             Periodo: 2023                      Periodo: 2024
l) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad;
m) El manual y formato de solicitud de información pública;

n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información tema (Se informa que este instituto político, no cuenta con este inciso, ya que no se tienen hasta la fecha expedientes reservados) (Actualización febrero-2024); y

ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes; así como la estadística de visitas a su sistema de consulta electrónica (Este instituto político genera información al respecto en la página web de SIRES del ITEI https://www.itei.org.mx/reportes/menu_principal/inicio  . Actualizado: febrero 2024)

a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal; (actualización febrero-2024)
b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México; (actualización 09-02-2024)

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Fecha de publicación: 26 de septiembre del 2016
Aprobación Senado: 18 diciembre 1980
Publicación DOF Aprobación: 9 enero 1981
Vinculación de México: 23 marzo 1981 Adhesión
Entrada en vigor internacional: 3 enero 1976
Entrada en vigor para México: 23 junio 1981
Publicación DOF Promulgación: 12 mayo 1981

Declaración sobre Gobierno Abierto
Fecha de publicación: 01 de septiembre del 2011
Sin reforma

Tratado de arbitraje obligatorio
Fecha de publicación: 29 de enero del 1992
Lugar y fecha de Adopción: Ciudad de México, 29 de enero de 1902
Categoría: MULTILATERAL
Estatus: VIGENTE
Trámite Constitucional:

    • Firma México: 29 enero 1902
      • Aprobación Senado: 21 abril 1902
      • Publicación DOF Aprobación: No se publicó
      • Vinculación de México: 18 abril 1903 Ratificación
      • Entrada en vigor internacional: 31 enero 1903
      • Entrada en vigor para México: 18 abril 1903
      • Publicación DOF Promulgación: 25 abril 1903

Tema: SOLUCIÓN PACIFICA DE CONTROVERSIAS.

Ley sobre la celebración de tratados
Fecha de publicación: 02 de enero del 1992
Sin reforma

La convención sobre los Derechos del Niño
Fecha de publicación: 02 de septiembre del 1990
Lugar y fecha de Adopción: Nueva York, 20 de noviembre de 1989
Categoría: MULTILATERAL
Estatus: VIGENTE
Trámite Constitucional:

    • Firma México: 26 enero 1990
      • Aprobación Senado: 19 junio 1990
      • Publicación DOF Aprobación: 31 julio 1990
      • Vinculación de México: 21 septiembre 1990 Ratificación
      • Entrada en vigor internacional: 2 septiembre 1990
      • Entrada en vigor para México: 21 octubre 1990
      • Publicación DOF Promulgación: 25 enero 1991

Tema: DERECHOS HUMANOS.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de contra las mujeres
Fecha de publicación: 03 de septiembre del 1981

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Fecha de publicación: 23 de marzo del 1976
Lugar y fecha de Adopción: Nueva York, 16 de diciembre de 1966
Categoría: MULTILATERAL

Estatus: VIGENTE
Trámite Constitucional:

    • Aprobación Senado: 18 diciembre 1980
      • Publicación DOF Aprobación: 9 enero 1981
      • Vinculación de México: 23 marzo 1981 Adhesión
      • Entrada en vigor internacional: 23 marzo 1976
      • Entrada en vigor para México: 23 junio 1981
      • Publicación DOF Promulgación: 20 mayo 1981
      • Fe de Erratas: 22 junio 1981

Tema: DERECHOS HUMANOS.

Convención Americana sobre Derechos Humanos «Pacto de San José de Costa Rica»
Fecha de publicación: 22 de noviembre del 1969
Lugar y fecha de Adopción: San José, Costa Rica, 22 de noviembre de 1969
Declaración(es): Reconocimiento por parte de México de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, según la Convención Americana sobre Derechos Humanos «Pacto de San José de Costa Rica»
Categoría: MULTILATERAL
Estatus: VIGENTE
Trámite Constitucional:

    • Aprobación Senado: 18 diciembre 1980
      • Publicación DOF Aprobación: 9 enero 1981
      • Vinculación de México: 24 marzo 1981 Adhesión
      • Entrada en vigor internacional: 18 julio 1978
      • Entrada en vigor para México: 24 marzo 1981
      • Publicación DOF Promulgación: 7 mayo 1981

Tema: DERECHOS HUMANOS.

Declaración Universal de los Derechos Humanos
Fecha de publicación: 10 de diciembre del 1948
Sin reforma

c) Las leyes federales y estatales; (actualización 09-02-2024)
d) Los reglamentos federales, estatales y municipales, y (actualización 07-02-2024)
e) Los decretos, acuerdos, criterios, políticas, reglas de operación y demás normas jurídicas generales; (actualización febrero-2024)

a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado; (actualizado: 07-02-2024)

b) Los apartados de los programas federales; (Los partidos políticos no son instancias gubernamentales, ni dependencias de los municipios, Poderes Ejecutivo Legislativo o Judicial, ni tampoco órganos autónomos estatales sujetos al Sistema Estatal de Planeación Participativa. En esta tesitura, se indica que a este sujeto obligado no le es aplicable dicho inciso. Aun y con ello, y en compromiso de cumplimiento de los principios de máxima publicidad y transparencia, se deja para su consulta el Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco 2018-2024, Visión 2030. Actualizado 07 de febrero del 2024).

c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo; (actualizado: 07-02-2024)

d) Los programas estatales; (El Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el estado de Jalisco es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no tiene por objeto ejecutar programas propios del gobierno en sus tres niveles.) (Actualizado febrero-2024).

e) Los programas regionales; (El Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México en el estado de Jalisco es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no tiene por objeto ejecutar programas propios del gobierno en sus tres niveles.) (Actualizado febrero-2024).

f) Las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; (El inciso en cuestión no resulta aplicable a éste Instituto Político, lo anterior, de conformidad con el ANEXO 16 de la aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Partidos Políticos Nacionales, acreditados en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, aprobado por el ITEI mediante acuerdo AGP-ITEI/012/2018, en el cual se determinó que la obligación relativa las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos, no es aplicable a los Partidos Políticos. Actualizado 07 de febrero del 2024). y

g) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores; (El inciso en cuestión no resulta aplicable a éste Instituto Político, lo anterior, de conformidad con el ANEXO 16 de la aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Partidos Políticos Nacionales, acreditados en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, aprobado por el ITEI mediante acuerdo AGP-ITEI/012/2018, en el cual se determinó que la obligación relativa las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos, no es aplicable a los Partidos Políticos. Actualizado 07 de febrero del 2024).

a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años; (Este instituto político no cuenta con un plan general institucional; Actualizado: 07/02/2024)
b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años; (Actualizado: 07/02/2024)
c) Los manuales de organización;  (Este instituto político no cuenta con manuales de organización; Actualizado: 07/02/2024)
d) Los manuales de operación;  (Este instituto político no cuenta con manuales de operación; Actualizado: 07/02/2024)
e) Los manuales de procedimientos;  (Este instituto político no cuenta con manuales de procedimientos; Actualizado: 07/02/2024)
f) Los manuales de servicios; (Este instituto político no cuenta con manuales de servicios; Actualizado: 07/02/2024)
g) Los protocolos; (Este instituto político no cuenta con manuales de servicios; Actualizado: 07/02/2024)
h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y
i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables;  (Actualizado: febrero-2024)

a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos del Estado, así como los conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; (actualizado febrero-2024)

b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados; (actualizado febrero-2024)

c) El presupuesto de egresos anual y, en su caso, el clasificador por objeto del gasto del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; (actualizado febrero-2024)

d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos; (No se han emitido convocatorias para ocupar cargos públicos en el periodo mencionado, ya que éste sujeto obligado no cuenta con dichas atribuciones. Actualizado 15-02-2024)

e) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, así como la plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, en la que se incluya el número total de plazas del personal de base, del personal de confianza y las vacantes; (actualizado febrero-2024)

f) Las remuneraciones mensuales por puesto, incluidas todas las prestaciones, estímulos o compensaciones; (actualizado marzo-2024)

g) Las nóminas completas del sujeto obligado en las que se incluya las gratificaciones, primas, comisiones, dietas y estímulos, de cuando menos los últimos tres años, y en su caso, con sistema de búsqueda; (actualizado marzo-2024)

h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben; (No hay ningún jubilado o pensionado dentro de este sujeto obligado. Actualizado 15 de febrero del 2024).

i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años; (actualizado febrero-2024)

j) Los gastos de comunicación social, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la fecha, monto y partida de la erogación, responsable directo de la autorización de la contratación, denominación del medio de comunicación contratado, descripción del servicio contratado, justificación y relación con alguna función o servicio públicos; (actualizado  febrero-2024)

k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios, y el gasto realizado por concepto de pago de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución o individuos, el concepto de cada una de las asesorías, así como el trabajo realizado; (actualizado febrero-2024)

l) Los subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado, así como los otorgados por el sujeto obligado (actualizado febrero-2024)

m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos; (ESTE SUJETO OBLIGADO NO TIENE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE USEN RECURSOS PÚBLICOS O REALICEN ACTOS DE AUTORIDAD) (actualizado febrero-2024)

n) Las cuentas públicas, las auditorías internas y externas, así como los demás informes de gestión financiera del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; (actualizado febrero-2024)

ñ) Los padrones de proveedores o contratistas, de cuando menos los últimos tres años; (actualizado 23/02/2024)

o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, (DE ACUERDO AL ART. 3 DE LA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, NO LLEVA A CABO PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIONES) (actualizado febrero 2024)

p) La información sobre concursos por invitación y licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, (actualizado febrero-2024)

q) El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; (DE ACUERDO AL ART. 3 NUMERAL 1 DE LA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS ESTE SUJETO OBLIGADO NO PUEDE CANCELAR O CONDONAR ALGÚN CRÉDITO FISCAL. Actualizado 15/02/2024)

r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien; (actualizado febrero-2024)

s) Los gastos de representación, viáticos y viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados; (actualizado febrero-2024)

t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años; (El presente inciso no resulta aplicable a este sujeto obligado, toda vez que este instituto político no cuenta con las atribuciones para otorgar concesiones, licencias, permisos o autorizaciones a los particulares. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, fracción I, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 13, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como 23, 25 y 26 de la Ley General de Partidos Políticos, este instituto político no tiene atribuciones para otorgar concesiones, licencias, permisos o autorizaciones a los particulares. Bajo esta misma tesitura, se informa que este partido político no ha solicitado ningún tipo de concesión, licencia, permiso o autorización, para el ejercicio de un derecho durante ningún periodo.) (actualizado febrero-2024)

u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública; (De acuerdo al art. 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, este sujeto obligado no decreta asuntos relativos a expropiaciones de ningún tipo; actualizado febrero-2024)

v) Las pólizas de los cheques expedidos, con identificación del número de cheque o transferencia, monto y nombre del beneficiario, indicando el motivo de la erogación, en el que de manera detallada y completa se indique para qué se erogó el recurso público, o en su caso la descripción que aparezca en la factura correspondiente; siempre y cuando con ello se aporten los elementos cualitativos y cuantitativos de la finalidad del cheque o transferencia; (actualizado feberero-2024)

w) El estado de la deuda pública del sujeto obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación y avance de aplicación de cada deuda contratada; (Debido a lo establecido en el Artículo 2 de la Ley de deuda Pública del Estado de Jalisco y sus municipios el cual señala claramente las entidades públicas a cargo de contraer deuda pública y dado que la naturaleza jurídica de este Instituto Político no está comprendida en el artículo anterior como entidad pública, no es de aplicarse la obligación descrita en esta fracción.) (actualizado febrero-2024)

x) Los estados de cuenta bancarios que expiden las instituciones financieras, número de cuentas bancarias, estados financieros, cuentas de fideicomisos e inversiones, de cuando menos los últimos seis meses; (actualizado febrero-2023)

y) La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable; y (El presente inciso no resulta aplicable a este sujeto obligado, toda vez que los empleados de los partidos políticos no tienen el carácter de servidores públicos. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1 y 55 fracción XXIII, ambos de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios los cuales señalan: “Artículo 1.- La presente ley es de orden público, de observancia general y obligatoria para los titulares y servidores públicos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos y sus dependencias, así como para los organismos públicos descentralizados del Poder Ejecutivo del Estado y de los Municipios, empresas o asociaciones de participación estatal o municipal mayoritaria, en que por leyes, decretos, reglamentos o convenios llegue a establecerse su aplicación. En el caso de organismos públicos descentralizados que tengan como antecedente acuerdos de coordinación para la descentralización celebrados con el Gobierno Federal, los trabajadores de estos organismos se regirán por lo dispuesto en los acuerdos respectivos, sujetándose, en lo conducente, a lo dispuesto por la ley que corresponda.” “Artículo 55.- Son obligaciones de los servidores públicos: I… XXIII. Presentar con oportunidad la declaración patrimonial ante el órgano del poder público que le corresponda de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco;»  Por lo que este sujeto obligado no esta obligado a solicitar ni resguardar declaraciones patrimoniales de sus miembros) (actualizado febrero-2024).

z) El registro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, con indicación del número de expediente, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre y cargo del denunciado, causa del procedimiento, estado procesal y, en su caso, la sanción impuesta; (Este sujeto obligado no ha llevado a cabo ningún procedimiento de sanción administrativa. Actualizado febrero-2024).

a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública, así como los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no realiza funciones públicas; actualizado: febrero-2024)

b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no brinda servicios públicos; actualizado febrero-2024)

c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; el ejecutor y supervisor de la obra; el costo inicial y final; la superficie construida por metros cuadrados; costo por metro cuadrado; su relación con los instrumentos de planeación del desarrollo, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos de la obra; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no realiza obra pública; actualizado febrero-2024)

d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos los objetivos, metas, presupuesto y reglas de operación del programa; los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario; la entidad pública ejecutora, el responsable directo, número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa; el padrón de beneficiarios del programa, y la medición de avances de la ejecución del gasto, y el cumplimiento de metas y objetivos del programa, incluida la metodología empleada; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no tiene programas sociales; actualizado febrero-2024)

e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no realiza políticas públicas. Actualizado febrero-2024)

f) Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos suscritos por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años  2020 y 2021; 2022  ; (actualizado febrero-2023)

g) Las concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos otorgados por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, en el que se incluyan los requisitos para acceder a ellos y, en su caso, los formatos correspondientes; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no otorga concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos.) (actualizado febrero-2024)

Contratos:  2019,      2020,        2021,        2022

 

h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;

i) El lugar, día y hora de las todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados, junto con el orden del día y una relación detallada de los asuntos a tratar, así como la indicación del lugar y forma en que se puedan consultar los documentos públicos relativos, con cuando menos veinticuatro horas anteriores a la celebración de dicha reunión o sesión; (Por el momento no se tienen agendadas reuniones o sesiones) (Actualización febrero-2024)

j) Las versiones estenográficas, así como las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados; (Actualización julio-2023)

Período 2023

k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias; (El Partido Verde es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no esta dentro de sus funciones reconocer consejos ciudadanos. Actualización febrero-2024)

l) Los informes trimestrales y anuales de actividades del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; (NO SE GENERAN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de los Estatutos del Partido Verde Ecologista de México en Jalisco, se comunica que no se generan informes trimestrales ni anuales, destacando que dicha actividad no se encuentra prevista en nuestra normativa interna.  Actualización febrero-2024).

m) Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención; y (El Partido Verde no ha recibido recomendaciones por organismos de derechos humanos. Actualizado 09-02-2024)

n) Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

El Partido Verde en Jalisco es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propio, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los Los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos, pueden hacer el acceso de protocolos al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, por lo que no está facultado emitir laudos (actualizado febrero- 2024)

El Partido Verde en Jalisco no cuenta con mecanismos e instrumentos de participación ciudadana formalmente registrados (actualizado 09-02-2024)

El Partido Verde en Jalisco es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propio, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral y el organismo público local, que tiene como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los Los órganos de representación política y, como organización de ciudadanos hacen posible el acceso de controles al poder público de acuerdo a lo que establece el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, razón por la cual no tiene la obligación de dar cumplimiento con La Ley de Contabilidad Gubernamental. (actualización febrero-2024)